Bienes comunes

Un bien común es aquel de acceso universal, de gestión democrática, cuyo uso se sostiene en el tiempo y que es de titularidad colectiva. Por lo tanto, un bien común no es un bien privado ni un bien público. Esta diferenciación es importante puesto que la propiedad privada se basa en la capacidad de unos individuos frente a otros de excluir del uso, o del beneficio, a unos determinados recursos, mientras la propiedad pública sitúa en el ámbito de los gobiernos la gestión y la decisión de quien tiene acceso a los bienes.

Un bien común comprende una serie de recursos —físicos como el agua o virtuales como el conocimiento— que son gestionados por una comunidad —que también puede ser física o bien virtual— de acuerdo a una serie de normas acordadas democráticamente. Un bien común implica que todos los individuos de la comunidad tengan derecho a hacer uso u obtener beneficios de un determinado recurso. Es decir, que un bien común, para que lo sea, debe estar disponible para toda la comunidad y su uso por una persona no debe impedir que lo utilice el resto. O, dicho en una terminología más técnica, que no sea excluyente y no conlleve rival.

De esta manera, un bosque gestionado comunitariamente podría ser un bien común, ya que está a disposición de toda la comunidad y su uso adecuado no impediría su disfrute por las generaciones futuras. Otros bienes comunes de carácter más universal podrían ser el viento, la arena de la playa y los rayos del Sol; el entorno, en definitiva. Pero también podrían ser bienes comunes el conocimiento y el sistema sanitario.

Que algo sea un bien común no es debido a una característica intrínseca que posea, sino que tiene que ver sobre todo con la gestión que se haga de ese recurso. El bosque no podría ser considerado un bien común sin añadir la coletilla de «bajo un uso sostenible y comunitario». Realmente, bienes como los bosques pueden llegar a degradarse, a reducir su cantidad disponible o a ver mermada su calidad, si mucha gente pasea por ellos de forma indiscriminada o si se permite la tala masiva. Otro ejemplo podría ser el de la educación, ya que la masificación de las aulas (uso no excluyente) supondría una disminución de la calidad de la educación impartida (conllevaría rival). En el caso del conocimiento, las patentes son un ejemplo claro de enajenación privada de este bien común.

De este modo, es necesaria una adecuada gestión de los recursos y de los servicios para que puedan ser considerados bienes comunes. Esta gestión implica la existencia de algunas claves como las siguientes:

La primera, garantizar el acceso a los bienes, al menos, por parte de toda la comunidad que los gestiona. La no exclusividad quiere decir que no es posible discriminar, mediante los precios, quiénes lo disfrutarán y quiénes no, puesto que los bienes comunes o no tienen precio o este es asumible por todas las personas. Además, el derecho de uso se produce con independencia de si se contribuye o no a su mantenimiento o a su protección.

En segundo lugar, hay que conseguir la sostenibilidad del recurso en el tiempo. Para ello debe existir una limitación en la utilización de determinados recursos hasta los niveles en los que la naturaleza pueda reponerlos. De este modo, si no conservamos nuestro entorno, estamos excluyendo a parte de la población presente y futura del disfrute de dichos bienes. Por ello se debe legislar en este sentido y garantizar el respeto a las normas en pro de la consecución de este fin. Esto no es limitar nuestra libertad, es incrementarla. La sostenibilidad del bien común implica una responsabilidad colectiva e individual por el mantenimiento de dichos bienes.

Asimismo, los bienes comunes han de gestionarse desde la colectividad de forma democrática: es una falacia que la gestión privada sea la más adecuada para el conjunto. Es una mentira basada en observar solo un pedazo pequeño de la realidad —el que tiene que ver con la tasa de beneficios individuales— o, en el mejor de los casos, de un reducido porcentaje de la población. Es verdad que una gestión privada de un negocio, si se hace bien, genera pingües beneficios para quienes lo poseen, pero si abrimos la mirada descubrimos que la búsqueda del beneficio individual ha provocado un incremento continuado de las diferencias a nivel planetario y de la degradación ambiental.

Uno de los aspectos más repetidos en la literatura neoliberal es el de la “tragedia de los comunes”, que argumenta que en una gestión colectiva todo el mundo busca su beneficio individual lo que conlleva, inevitablemente, el agotamiento del recurso. Sin embargo, esta teoría no se sostiene con los hechos: los recursos gestionados colectivamente —como es el caso de territorios indígenas— se han conservado en general mucho más que los privatizados, sujetos a la ley de maximizar el beneficio. De este modo, la gestión común es intrínsecamente más adecuada que la privada, porque es la que permite una mirada compleja sobre distintas facetas. Es la que posibilita planificar a largo plazo. Es la única que puede tener en cuenta más factores y no solamente los de crecimiento (en el marco económico en el que estamos). Y solo con ella es posible una gestión social y democrática. Obviamente, la gestión democrática es difícil, pues implica la búsqueda de consensos y la inclusión en las discusiones no solo de quienes tienen más conocimientos técnicos, sino también de quienes son meramente usuarios e, incluso, de la proyección de las opiniones de las generaciones futuras.

Finalmente, se trata de convertirlos en inalienables. Por su propia naturaleza, un bien común no se puede vender en el mercado, no es privatizable. No tiene valor de cambio, sino valor de uso.

Fuente: Diccionario Crítico de Empresas Transnacionales

Categorias: Otra economía
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